Descripción: Es la unidad censal y se define como toda extensión de tierra utilizada total o parcialmente para actividades agropecuarias, sin consideración de título, tamaño, ni ubicación, por un productor (a) y los miembros de su vivienda. No obstante, si un miembro de la vivienda de un productor (a) trabaja en un terreno separado, se trabajará como una unidad de explotación independiente.
La explotación puede constar de una o varias fincas o globos de terreno. Varias fincas constituyen en conjunto una unidad de explotación siempre que estén ubicadas en un mismo distrito. La explotación agropecuaria puede conocerse con los nombres de finca, roza, huerta, hacienda, etc.
Fuente: Censo Nacional Agropecuario. Dirección de Estadística y Censo. Contraloría General de la República.
Desagregación: País y provincia
Periodicidad: Decenal
Contacto:
Nombre: Fernando Ingram
Cargo: Jefe de la Sección de Censo Agropecuario
Correo electrónico: fingram@contraloria.gob.pa
Teléfono: 510-4875 y 250-4876
Fax: 510-4855